El alcalde de Zaragoza, Pedro Santisteve, se ha negado por primera vez en la historia democrática del Ayuntamiento de la capital aragonesa a convocar un Pleno extraordinario (el que tiene que votar las conclusiones de la Comisión de Investigación de Ecociudad) sobre el que existe una obligación legal. El Pleno extraordinario, no obstante, se celebrará el 7 de julio, ya que, tras la negativa del alcalde, se han activado los mecanismos excepcionales que contempla la Ley Aragonesa de Administración Local (LALA) y el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Zaragoza.
El portavoz del grupo socialista, Carlos Pérez Anadón, aseguró que el comportamiento de Pedro Santisteve “no tiene parangón” con ninguno de los alcaldes democráticos que le han precedido, y más bien parece asociado al de un estado autoritario y al de un alcalde del antiguo régimen.
Pérez Anadón destacó que se trata de una “actitud antidemocrática que vulnera los derechos de los 31 concejales del Ayuntamiento de Zaragoza”, porque los ediles tiene derecho a pedir un Pleno extraordinario, si consideran que es preciso profundizar en un debate concreto, si no se realizan más de un determinado número de peticiones al año , y si lo apoya al menos la cuarta parte del salón del Plenos.
A juicio del portavoz de los socialistas, el alcalde de Zaragoza con esta decisión se ha declarado en rebeldía respecto a la Ley de Administraciones Públicas de Aragón y ha sido “escapista” del problema que él mismo ha generado en Ecociudad. Al final, ha dicho Pérez Anadón, “es un alcalde atrincherado en su despacho”.
El Reglamento Orgánico del Ayuntamiento (artículo 70) establece el plazo que ha de mediar entre la solicitud de un Pleno extraordinario, su convocatoria y su celebración. Así, el alcalde Santisteve debía haber convocado ayer jueves, 8 de junio, el Pleno, para que la sesión se celebrara dentro de los siguientes 15 días hábiles, siendo el 23 de junio el último posible. Incluso el Secretario general del Ayuntamiento remitió al alcalde un informe el 6 de junio recordándole la existencia de la solicitud de los grupos y la obligación legal de darle cumplimiento.
Al eludir Santisteve esta obligación, el propio Reglamento Orgánico, a través del artículo 72-5, ha establecido el día en que deberá celebrarse la sesión, el 7 de julio a las 12.00 horas, pasando a ser la primera vez en la historia que se activa este mecanismo extraordinario. “Es una actitud de desprecio a la norma y es un alcalde que no da garantías democráticas”, concluyó Pérez Anadón.